El juez Ubaldo Callo anuló las restricciones impuestas al expresidente Martín Vizcarra en el caso Lomas de Ilo-Hospital de Moquegua. Esta decisión pone fin a las medidas de comparecencia con restricciones, que limitaban su libertad de movimiento, y deja sin efecto la Ley 32130 que imponía plazos largos para la medida. El magistrado señaló que la nueva normativa no contraviene la Constitución ni tratados internacionales.
La defensa de Vizcarra argumentó que han pasado más de 40 meses desde que se dictó la comparecencia con restricciones, y que la medida ya no tiene justificación. Aunque la Fiscalía pidió mantener las restricciones debido al riesgo de fuga, el juez aclaró que la ley actual establece plazos fijos e improrrogables, por lo que la medida caducó.
Con esta decisión, Vizcarra podrá viajar fuera de Lima sin necesidad de autorización judicial y dejará de tener que someterse a control biométrico mensual. Sin embargo, se le impuso una medida de comparecencia simple, lo que significa que deberá acudir al juzgado cuando sea citado y asistir a las audiencias del juicio oral, salvo autorización contraria.